Estimado Compañero,
Como seguramente ya sabrás, el próximo 2 de Enero de 2019 entrará en
vigor el
Real Decreto 191/2018, de 6 de abril,
por el que se establece la transmisión electrónica obligatoria de datos de las
prescripciones veterinarias de antibióticos destinados a animales productores de
alimentos para consumo humano y se modifican diversos reales decretos en materia
de ganadería.
Esta nueva normativa exigirá de forma obligatoria para el veterinario el
envío de información, en formato 100% electrónico, de sus recetas con
medicamentos antibióticos a sistemas informáticos del MAPA (Ministerio
de Agricultura Pesca y Alimentación) o de las autoridades competentes en la
Comunidad Autónoma en la que se encuentre la explotación a la que va destinada
la prescripción. Será obligatorio proporcionar la información requerida por el
Real Decreto
independientemente de si la receta es ordinaria o excepcional o de si se trata
de una receta física en papel, informatizada o electrónica. Será el veterinario
prescriptor el responsable del envío con una periodicidad al menos mensual de
dicha información.
¿En qué te afecta el Real Decreto?
Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre ubicada la
explotación ganadera para la que se genera la prescripción, el veterinario ha de
enviar la información requerida por el nuevo Real Decreto bien a los sistemas
que hayan dispuesto las autoridades competentes en la Comunidad Autónoma, bien
directamente a los sistemas del MAPA. Es responsabilidad y obligación del
veterinario enviar la información al sistema que corresponde, en el formato que
corresponde y utilizando los medios electrónicos que la autoridad competente
(Comunidad Autónoma o MAPA) haya establecido al efecto.
Este Real Decreto supone un primer paso firme y claro hacia la prescripción
veterinaria electrónica. El incumplimiento reiterado de las obligaciones que se
establecen en este Real Decreto se considerará una infracción grave según la ley
8/2003 de Sanidad Animal, conllevará las sanciones tipificadas para este tipo de
infracciones y que incluyen la aplicación de una multa de entre 3.001 y
60.000
euros, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de
otro orden
que puedan concurrir.
¿Cómo te puede ayudar Prescrivet?
Desde el Consejo General de Colegios Veterinarios de España, queremos recordaros
que nuestra plataforma Prescrivet, donde muchos de vosotros ya estáis
trabajando, estará habilitada para permitir una conexión directa con estos
sistemas autonómicos y también con Presvet, el nuevo sistema que el MAPA ha
creado para recopilar la información de prescripciones relacionadas con
antibióticos. De este modo, podréis enviar la información requerida de forma
sencilla, sin preocupaciones de generar dichos ficheros electrónicos en el
formato correcto, ni de identificar el sistema concreto al que ha de enviarse
esa información (Autonómico o Estatal) ni las particularidades relacionadas con
el establecimiento de la comunicación con dichos sistemas.
Si no te has registrado ya en Prescrivet, plataforma totalmente gratuita para
veterinarios colegiados, te animamos encarecidamente a que lo hagas y comiences
a disfrutar de esta y otras muchas ventajas de las cuales están ya
aprovechándose muchos de tus colegas.
Más Información
A continuación, en el documento que podrás descargarte
aquí,
pasamos a describir algunos de los puntos más importantes que para el día a
día de tu profesión supone la entrada en vigor de esta normativa:
- Obligaciones como
Veterinario
- Consecuencias ante el
incumplimiento de la normativa
- Prescrivet y el Real Decreto
191/2018
Recuerda que para cualquier información puedes consultar con el equipo de
Soporte Prescrivet en
www.prescrivet.net
en la sección “Soporte a Usuario”.
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